DURACIÓN DEL ORGANISMO AUTÓNOMO
Artículo 53.- La Agencia de Desarrollo Local constituida como Organismo Autónomo para el desarrollo socioeconómico y empleo de Santa Pola, se constituye por tiempo indefinido, mediante acuerdo del Ayuntamiento de Santa Pola.
Podrá suprimirse mediante acuerdo del Excmo. Ayuntamiento siguiendo los trámites reglamentarios.
Artículo 54.- En caso de disolución el Excmo. Ayuntamiento de Santa Pola sucederá al Organismo Autónomo universalmente.
Artículo 55.- En lo no previsto en estos Estatutos, y en cuanto sea aplicable al funcionamiento, organización y actividades del Organismo se aplicarán supletoriamente las disposiciones de la legislación de Régimen Local.